El subsecretario de SSPC se lanzó contra dos jueces que emitieron suspensiones para que la reforma judicial no fuera discutida en San Lázaro
El Gobierno federal exhibió en la sección ‘Cero Impunidad‘ a los dos jueces que emitieron suspensiones para evitar que fuera discutida en la Cámara de Diputados la reforma al Poder Judicial.
En la conferencia matutina de Palacio Nacional, Luis Rodríguez Bucio, subsecretario de Seguridad (SSPC), mencionó la suspensión por Martha Eugenia Magaña López, jueza Quinta de Distrito en Morelos.
“El 30 de agosto 2024, la jueza Magaña López concedió una suspensión de oficio a diversos jueces federales que promovieron un amparo contra la reforma al Poder Judicial que se discute en la Cámara de Diputados, pues considera que éste podría generarles un daño de imposible reparación”, se apuntó.
“El efecto de esta suspensión es para que, el proyecto de dictamen relativo a la iniciativa que reforma, adiciona y deroga la Constitución Federal con respecto al Poder Judicial (el cual ya fue discutido y aprobado en 26 de agosto 2024 por la Comisión de Puntos Constitucionales) no surta efecto para los quejosos”, destacó en la gráfica.
“Lo anterior implicaría que dicho proyecto no podrá ser discutido ni votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura, que fue instalada el día 1 de septiembre 2024″, agregó.
También detalló la suspensión emitida por Felipe V. Consuelo Soto, quien es juez Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en Chiapas.
“El 30 de agosto 2024, el juez Consuelo Soto concedió una suspensión de oficio a otros jueces federales que promovieron un amparo contra la misma reforma, para evitarles daños y perjuicios de difícil reparación. En este caso los efectos de la suspensión serían para que el H. Congreso de la Unión se abstenga de enviar el dictamen a las Legislaturas de los Estados y de la CDMX para la aprobación correspondiente, hasta en tanto se resuelva la suspensión definitiva en este amparo”, señaló.
“De acuerdo con el juez Consuelo Soto, de permitirse la culminación de dicho proceso legislativo, el amparo promovido quedaría sin materia, pues sería imposible reparar los daños ocasionados a los promoventes”, puntualizó.
“Felipe Consuelo Soto concede protección contra la reforma. Los efectos de la suspensión son para que el Congreso se abstenga de enviar la reforma los congresos locales, hasta que se resuelva la suspensión definitiva del amparo. Si se consuma, sería imposible reparar los daños a los promoventes”, enfatizó.
Con información de López-Dóriga Digital
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